Los gastos de una sucesión son los impuestos, gravámenes, sellados, aranceles y toda otra suma de dinero que se debe abonar a las diferentes entidades para el avance del proceso judicial.
Los gastos de una sucesión se dividen según la etapa del proceso:
A) GASTOS DE INICIO:
Son los gastos que deben abonarse al iniciar la sucesión y hasta que el Juez dicte la Declaratoria de Herederos (resolución judicial que reconoce a las personas que iniciaron el juicio sucesorio como herederos universales del fallecido).
En los Tribunales de la Ciudad de Buenos Aires los GASTOS DE INICIO son los siguientes:
1) Bono de Derecho Fijo del CPACF: $200.-
2) Formulario 3003/56 al Registro de Juicios Universales: $100.- (por causante)
3) Publicación de Edictos en el Boletín Oficial: $598.-
4) Oficio al Registro de Instrumentos Privados del CPACF: $300.- (por causante)
5) Oficio al Registro de Actos de Última Voluntad del Colegio de Escribanos CABA: $520.- (por causante)
SUBTOTAL: $1.718.-
B) GASTOS DE INSCRIPCIÓN:
Son los gastos que deben abonarse cuando se solicita la inscripción de los bienes heredados a nombre de los herederos, o bien, a nombre del comprador mediante el Sistema de Tracto Abreviado:
En los Tribunales de la Ciudad de Buenos Aires los GASTOS DE INSCRIPCIÓN son los siguientes:
1) Tasa de Justicia: 1,5% sobre el valor fiscal de los bienes.
Tratándose de inmuebles, debe adicionarse un 10% sobre el valor de la Tasa de Justicia en concepto de bienes muebles (Sobretasa de Justicia).
2) Informe de Anotaciones Personales, Inhibiciones y Cesiones del RPI: $440.- por causante.
3) Informe de Dominio del RPI: $440.- por inmueble.
4) Arancel de Inscripción del Registro que corrresponda.
Esperamos haber respondido las inquietudes respecto a los gastos de una Sucesión.
Podés consultar a un abogado sobre este tema escribiendo a info@mundolegal.com.ar o completando el siguiente formulario que será respondido a la brevedad: